VIGIAS - Vigilantes Asociados
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.


Foro restringido a asociados
 
ÍndiceÚltimas imágenesRegistrarseConectarse

 

 Artículo 38. Infracciones graves.

Ir abajo 
AutorMensaje
Admin
Admin
Admin


Cantidad de envíos : 120
Fecha de inscripción : 11/03/2009

Artículo 38. Infracciones graves. Empty
MensajeTema: Artículo 38. Infracciones graves.   Artículo 38. Infracciones graves. Icon_minitimeSáb Jun 20, 2009 7:41 am

Se tipifican como infracciones graves:

a) Las ofensas verbales a otros miembros de la Asociación cuando no constituyan infracción muy grave.

b) La perturbación grave del orden en las reuniones de la Asamblea General. Se considerarán, a efectos de lo dispuesto en este artículo, que perturban gravemente el orden de la Asamblea General quienes, tras ser llamados al orden por el Presidente o quien lo suplante, persistan en una actitud obstaculizadora del ejercicio de los derechos que estos Estatutos reconocen a los asociados.

c) El incumplimiento doloso y reiterado de lo dispuesto en estos Estatutos.

d) El no notificar la situación laboral y categoría dentro de una empresa de seguridad, pudiendo esta omisión repercutir en la buena marcha de la Asociación VIGIAS "Vigilantes AsociadoS". Queda entendida, de igual modo, la omisión de información de los mandos intermedios y los sindicales como representantes de los trabajadores, así como la pérdida de la habilitación por inactividad.

e) La implicación, realización y simultaneidad de actividades sindicales o de empresas con las de la Asociación VIGIAS "Vigilantes AsociadoS". Quedan completamente prohibidas las semejanzas y compatibilidad de las acciones anteriormente referidas con las actividades de la Asociación, debiendo efectuarse por separado y sin causar perjuicio a ninguna de ambas actividades.

f) La comisión en el periodo de un año de dos faltas leves.
Volver arriba Ir abajo
https://vigias.foroes.org
 
Artículo 38. Infracciones graves.
Volver arriba 
Página 1 de 1.

Permisos de este foro:No puedes responder a temas en este foro.
VIGIAS - Vigilantes Asociados :: Informaciones de interés :: Estatutos de VigiaS - Vigilantes Asociados-
Cambiar a: