VIGIAS - Vigilantes Asociados
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.


Foro restringido a asociados
 
ÍndiceÚltimas imágenesRegistrarseConectarse

 

 Comisión Mixta Central de Seguridad Privada

Ir abajo 
4 participantes
AutorMensaje
Admin
Admin
Admin


Cantidad de envíos : 120
Fecha de inscripción : 11/03/2009

Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Empty
MensajeTema: Comisión Mixta Central de Seguridad Privada   Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Icon_minitimeLun Mar 01, 2010 11:12 am

Copio el post que ha colgado Ondivel tanto en su web como en vigilantesdeseguridad.com sobre la reunión de la Comisión Mixta Central:

Se reunió 5 años después...
COMISIÓN MIXTA CENTRAL DE SEGURIDAD PRIVADA
....................................Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Borrmart2273570228111518
Para dar respuesta a las demandas del Sector, cumplimiento a algunas propuestas contenidas en el Acta de la Comisión Mixta de 2005 y modernizar los medios y las medidas de seguridad.
Era una reunión largamente esperada que, por fin, tuvo lugar el pasado 3 de diciembre del pasado 2009, en la ‘Sala Europa’ del Edificio Multiusos de la Dirección General de la Policía, presidida por el director general de la Policía y de la Guardia Civil, dada su condición de presidente de la Comisión, en la que participaron el director adjunto operativo del Cuerpo Nacional de Policía, el comisario general de Seguridad Ciudadana y el comisario jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada. En la misma estuvieron presentes un total de 46 ntegrantes que representaban tanto a las empresas como a los trabajadores de las distintas especialidades del sector de la Seguridad Privada: Directores de Seguridad, Vigilantes de Seguridad, Escoltas, Guardas de Campo y Detectives. A tan importante reunión tampoco faltaron los representantes de los Centros de Formación ni los de los establecimientos obligados.
....................................Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Borrmart2273570228111603
Asistieron también como miembros de pleno derecho los representantes de los ministerios de Trabajo e Inmigración, de Educación y Ciencia e Industria, así como miembros del Servicio de Protección y Seguridad (SEPROSE) de la Guardia Civil y el vicesecretario general técnico del Ministerio del Interior, que aportaron con sus intervenciones bastante luz en relación, sobre todo, con la Directiva de Servicios de la Unión Europea, incorporada en la “Ley Ómnibus”, que está creando cierta incertidumbre en el sector.
La sesión comenzó con unas palabras del director general de la Policía y de la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez, en las que, además de resaltar la necesidad de adaptarse a las nuevas realidades, puso de manifiesto la importancia de la modernización en la gestión en el seno de una sociedad avanzada como la española, en la que la seguridad es un valor en alza, un elemento social básico e imprescindible de progreso; “es precisamente nuestro trabajo, del sector público y del sector privado, garantizar que este derecho se cumpla”.
Señaló la dificultad de la tarea, que las amenazas son de carácter global, y que en consecuencia la creciente participación de la Seguridad Privada en la protección de las personas y los bienes debe estar presidida por una constante adaptación a las circunstancias cambiantes y un “decidido y recíproco esfuerzo con la Seguridad Pública, de la que no sólo es complementaria, sino parte fundamental de la misma”.
Continuó su exposición señalando que el Gobierno de España ha entendido bien esa realidad, incorporando esta materia como uno de los ejes en torno al cual se articula el actual Plan Estratégico de la Secretaría de Estado de Seguridad 2009/2012 -Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil- “en el que se establecen espacios de acción concertada, dinamizando las tareas de inspección y control y la determinación de competencias de actuación, potenciando el intercambio en materia de información y colaboración”.
Para conseguir dichos objetivos, se ha aprobado un plan específico cuatrienal para el área de la Seguridad Privada al objeto de tratar de conseguir “cubrir las necesidades reales de seguridad existentes y posibilitar la participación de la Seguridad Privada en ámbitos hasta ahora asignados a la Seguridad Pública, así como la prestación por parte de la Seguridad Privada de nuevos tipos de servicios”, que se desarrollará en torno a los siguientes ejes: “modernizar la gestión”, “aumentar la colaboración” e “impulsar las reformas”.
Afirmó que el Gobierno ha hecho un importante depósito de confianza en la Seguridad Privada y señaló el avance de las reformas reglamentarias para adecuarnos a la normativa europea y dar cobertura legal a la seguridad de los buques con armas de guerra, algo que se une a otras tareas de carácter internacional como las repatriaciones por vía aérea o marítima, o la custodia de polizones en barcos extranjeros, y concluyó su intervención volviendo a hacer referencia a la importancia de la unión y la complementariedad entre Seguridad Pública y Seguridad Privada para conseguir los objetivos de seguridad deseados.
....................................Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Borrmart2273570228111900
José Marín, comisario general de Seguridad Ciudadana, intervino seguidamente haciendo una exposición de la actual coyuntura del sector mediante una comparativa con años anteriores, destacando la buena situación del sector a pesar de la crisis de la economía, visto el incremento del número total de empresas inscritas (+6,5%) y el aumento del total de actividades desarrolladas (+5,5%), a excepción de los despachos de detectives (-4%). Señaló también el significativo aumento de las habilitaciones (+9,7%) en todas las especialidades, indicando que el sector goza de buena salud, como lo evidencia la disminución del número de sanciones por faltas leves y graves (-26% y -36%) respectivamente.
No sucede así con las faltas muy graves (+5%), siendo las causas motivadoras de esas sanciones las falsas alarmas y el intrusismo que, aunque ha descendido, sigue siendo una de las causas de infracción que más incurre, tanto en su vertiente empresarial como la laboral. También señaló la mejoría de la contratación y facturación del sector, destacando en los números el porcentaje (29%) que corresponde a las distintas Administraciones públicas.
Finalizó su intervención poniendo en valor dentro del ámbito de la cooperación y aportación el incremento del flujo de información (+29%) desde la Seguridad Privada, que calificó de valiosa contribución para mejorar la seguridad de todos, “objetivo último de nuestro complejo sistema de seguridad”.

Propuestas
Como jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada (UCSP), el comisario Esteban Gándara, intervino seguidamente para exponer las propuestas basadas en los siguientes puntos:
▪️ Propuesta de Orden Ministerial de Reforma de la Comisión Mixta: con una actualización de la composición de sus miembros, cambio de nombre y formación de subcomisiones.
▪️ Propuesta de Orden Ministerial de Reforma de Personal de Seguridad Privada: en referencia a los sistemas de seguridad que se integrarán en las Tarjetas de Identificación Profesional (TIP), el uso de prendas de seguridad laboral y formaciones específicas y fórmulas de control para los Centros de Formación.
▪️ Propuesta de Orden Ministerial de Reforma de Empresas de Seguridad: con reconocimiento de la adaptación a la Norma UNE EN 50131 y otros tipos de normativas que se refieren a sistemas de seguridad, armeros, etc.
▪️ Propuesta de Orden Ministerial de Reforma de Medidas de Seguridad: incluyendo la calidad a lo especificado en el punto anterior.
▪️ Propuesta de Orden Ministerial de regulación de las alarmas (CRA): para conseguir una mayor seguridad, tanto física como jurídica, formación específica para personal de instaladores como de operadores, con un protocolo de actuación para la verificación de las alarmas.
Por lo que respecta a la Orden de ‘Funcionamiento de la Comisión Mixta’, los cambios se centran en tres cuestiones importantes: un cambio en la denominación, pasando a llamarse ‘Comisión Nacional de Seguridad Privada’; en segundo lugar, modificación de la composición tanto de sus miembros de pleno derecho como el de los invitados, posibilitando que algunos de los que hasta ahora aparecían como invitados pasen a ser miembros de pleno derecho (en este sentido se cita como ejemplos a la Secretaría General Técnica, el SEPROSE de la Guardia Civil, el colectivo de Detectives o los Centros de Formación, entre otros); y, entercer lugar, la creación de tres comisiones que deberán ser el alma del funcionamiento continuo de la Comisión y que se constituirán en foros de estudio y adaptación a nuestra realidad cambiante, tanto en materia de desarrollo normativo como en medidas de seguridad y en materia de colaboración, dando así un impulso definitivo en esta materia, que pasará a reuniones de carácter voluntario o normativizadas, estableciendo previamente los objetivos, el funcionamiento y los integrantes.
En relación con la ‘Reforma de Personal de Seguridad Privada’ se ha planteado en torno a tres cuestiones fundamentales: modernizar la gestión documental de ese personal, modificando el actual modelo de tarjeta de identificación buscando la simplificación, aumentando las medidas de seguridad y acumulando todas las especialidades de la persona habilitada en una sola tarjeta. Referente a la uniformidad, actualización y adaptabilidad constante en la uniformidad, medios de defensa y formación especializada, se introducen en la norma algunas prendas que ya están siendo utilizadas (jersey, chaleco, botas, etc.), a la vez que se establecen algunas excepciones teniendo en cuenta el lugar donde se va a prestar el servicio y las normas en Prevención de Riesgos Laborales, incluyendo autorizaciones puntuales para utilizar otros medios de defensa de los genéricamente previstos, atendiendo a ciertas condiciones de los servicios a prestar. Dentro de este objetivo de adaptabilidad, también se prevé en la norma la posibilidad de una formación especializada y que la misma se pueda impartir fuera de los Centros de Formación, otorgando validez, como formación permanente a los cursos impartidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En cuanto al establecimiento de más medidas de control en los Centros de Formación como tercer objetivo, se aborda la necesidad de dar un paso más en el control de este tipo de Centros a través de los libros de altas y bajas, los libros de asistencia o de reclamaciones, circunstancias muy demandadas, y que por fin se incluyen dentro de esta Orden Ministerial.


La ‘Reforma de Empresas de Seguridad’ y la ‘Reforma de las Medidas de Seguridad’, son la tercera y cuarta Órdenes Ministeriales que se proponen y se explicaron de manera conjunta, toda vez que en las mismas se han tenido en cuenta dos notas comunes: una apuesta por la calidad, por entender que la calidad está en la normalización, y en segundo lugar porque se hace “que la norma esté en la ley” y por lo tanto “que la ley sea la norma”.

....................................Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Borrmart2273570228112350
En referencia a la primera de ellas se plantea la desaparición de los conceptos de elemento primario y secundario para definir un sistema de seguridad y se modifica el concepto de alarma. Se establece también la posibilidad de desconexión por parte de la autoridad policial, previa ratificación por parte de la autoridad Gubernativa, algo muy importante pero poco usado por no estar suficientemente desarrollado, y además se apuesta por la calidad y la normalización con la aplicación de las normas UNE.
En cuanto a la Orden de Medidas, además de la normalización, se introduce la exigencia de certificación del producto en medidas de seguridad física y electrónica, se realiza una propuesta para que se habilite un lugar con protección especial para el transporte de fondos superiores a 30.000 euros, con el fin e eliminar o reducir el denominado “riesgo de acera”. En referencia a las Entidades Financieras se establece un mapa dividido en municipios con más o con menos de 10.000 habitantes, unificándose las medidas de seguridad, se incrementa notablemente las cantidades de dinero en efectivo y se establece la obligatoriedad de protección electrónica de paredes medianeras. También se normalizan los anclajes de cajas fuertes, se actualizan los niveles de resistencia al impacto de bala y se obliga a conectarse a central de alarmas (CRA) a todos los sistemas de seguridad de los establecimientos obligados.
‘La Regulación de las Alarmas’. Por último, se exponen los motivos que han originado la redacción de esta Orden Ministerial sobre ‘Sistemas de Seguridad y Verificación de Alarmas’, que trata de dar adecuada respuesta a un viejo problema de seguridad, tanto público como privado. En la misma se recoge mucha, variada y valiosa información que los actores implicados han ido proporcionando sobre la problemática de las falsas alarmas, tanto en su vertiente empresarial como en la personal. En segundo lugar, una mayor tecnologización de los sistemas; y en tercer lugar se pretende ofrecer una mayor seguridad, tanto física como jurídica, con el establecimiento de cuatro grados de seguridad previstos en la norma UNE, obligando que todos los sistemas tengan al menos el grado dos y los establecimientos obligados en grado tres. También se establece la obligatoriedad de una constatación documental de las revisiones, tanto de las presenciales como de las bidireccionales, incluyéndose en la norma en qué casos y en qué plazos son necesarias unas y otras. En cuanto a la verificación de las alarmas, se establece la obligatoriedad de que las mismas se realicen bien con medios humanos (personalmente) o con medios técnicos (secuencialmente, por imágenes, por audio) estableciéndose además medios complementarios a los anteriores que en todo caso serán obligados. Será necesaria la verificación para la actuación policial, aunque se establecen algunas excepciones en los que estará justificada la actuación, como en el caso de los pulsadores de alarma antiatracos, entre otros contemplados en la Orden.
Concluyó el jefe de la UCSP explicando a los miembros de la Comisión cuál será el método de trabajo recomendado, así como el plazo para realizar las aportaciones con el objetivo de agilizar los documentos que finalmente se elevarán a las instancias correspondientes.
....................................Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Borrmart2273570228112700
En el turno de ruegos y preguntas se escucharon distintas y variadas propuestas, alguna que no es competencia de la Comisión -como la de reivindicar la firma del convenio colectivo-, otras sobre la mejora de la protección jurídica a los vigilantes de seguridad, acerca de las ayudas fiscales para poner en funcionamiento las nuevas propuestas de reformas normativas reclamadas por los representantes de las empresas, e incluso cuestiones de reivindicación, debido a su precariedad de los Guardas Particulares de Campo.
A modo de colofón, podemos afirmar coincidencia en cuanto a satisfacción en el sentir general por las iniciativas y el trabajo desarrollado por la Unidad Central de Seguridad Privada para afrontar las necesarias reformas normativas, haciendo partícipe a todos los actores del sector, incluyendo en las mismas muchas de sus tradicionales propuestas y solicitando sus aportaciones en un plazo razonable. También hubo coincidencia entre los miembros de acortar los tiempos de reunión entre una Comisión y otra, así como preocupación generalizada por la entrada en vigor de la Directiva de Servicios, a través de la “Ley Omnibus”, una norma transversal que, según el vicesecretario general técnico, afecta a una parte muy importante del Ordenamiento Jurídico que obliga a modificar más de 50 leyes, entre las que se encuentra la Ley de Seguridad Privada, aunque a ésta le afecta muy colateralmente. Por ello, hizo hincapié en que, aunque existe una exclusión de la Ley de Seguridad Privada, la Comisión Europea ha aprobado un Manual de Aplicación de la Directiva en el que se incluye a la Seguridad Privada.
Concluyó afirmando que no se esperan grandes cambios en la misma dado que el Ministerio del Interior está muy satisfecho con el funcionamiento de la Seguridad Privada en España.
Comprometiéndose a celebrar este tipo de reuniones con mayor frecuencia, el director general de la Policía y de la Guardia Civil, clausuró el encuentro.
Al término de la reunión, se dio como fecha última para la presentación de propuestas el día 31 de enero de 2010.

Saludos.
- Admin -
Volver arriba Ir abajo
https://vigias.foroes.org
yuri_07
socio numerario
socio numerario
yuri_07


Cantidad de envíos : 1585
Edad : 28
Localización : Magerit, la bella
Fecha de inscripción : 04/04/2009

Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Empty
MensajeTema: Re: Comisión Mixta Central de Seguridad Privada   Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Icon_minitimeLun Mar 01, 2010 11:25 am

Bueno, pues ésta es la propuesta que desde VigiaS hemos presentado con anterioridad a la publicación de esta noticia, y que, por plazos, ha entrado en valoración a la Comisión Mixta Central:

Ministerio del Interior
Secretaría General Técnica
C/ Amador de los Ríos, 7
28010-MADRID


Dª Carmen "Yuri_07", con D.N.I. nº XX.XXX.XXX-X, en representación de VIGIAS “Vigilantes Asociados” y con domicilio a efectos de notificaciones en el Apartado de Correos 38009 – 28080 Madrid. Como parte interesada y vigilante de seguridad, en derecho y como mejor proceda le gustaría hacer consulta sobre ciertos aspectos de la legislación de seguridad privada en materia de habilitaciones y tarjetas profesionales e introducción de propuesta a dichas consultas, en relación a cuestiones que nos han efectuado distintos profesionales a través de nuestra Asociación.

EXPONE

Antes de argumentar nos gustaría recordar lo regulado hasta la fecha sobre materia de habilitaciones y tarjetas profesionales, ya sea por Ley, Real Decreto u Orden Ministerial.
Sabemos que a tenor de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, en redacción según Real Decreto-ley 2/1999 de 29 de enero, y Real Decreto-ley 8/2007, de 14 de septiembre, y el desarrollo en el artículo 64 del Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, y en su redacción según Real Decreto 1223/2001, de 19 de octubre, queda establecido que el personal de seguridad privada perderá su habilitación en caso de inactividad por un plazo superior a dos años.
Es mediante esos mismos preceptos legislativos, Ley y Reglamento de Seguridad Privada, donde se establecen distintas categorías de habilitaciones de personal, siendo éstas los Vigilantes de Seguridad con sus especialidades (Vigilante de Explosivos y Escolta Privado), los Guardas Particulares del Campo (con sus especialidades de Guardas de Caza y Guardapescas Marítimos), los Detectives Privados, y los Jefes y Directores de Seguridad.
Está claro que tanto la Ley de Seguridad Privada y su Reglamento permiten la obtención de habilitaciones múltiples, aunque disponiendo las distintas incompatibilidades entre ellas.
También somos conocedores de la Orden Ministerial de 7 de julio de 1995 por la que se da cumplimiento a diversos aspectos del Reglamento de Seguridad Privada sobre personal, y más en concreto a lo que se refiere al artículo 52.4 del Reglamento de Seguridad Privada, donde se establecen las características de la tarjeta de identidad profesional que reconoce la condición de habilitado a todo personal de Seguridad Privada. Que asimismo dispone que ésta tarjeta de identidad profesional deberá ser renovada a los diez años de su expedición.

POR LO QUE SE ARGUMENTA

Que en la presente consulta y a raíz de distintas consultas cuestiones planteadas por profesionales habilitados, nos surgen diversas dudas de clara ambigüedad. Ante todo debemos distinguir dos aspectos fundamentales y no suficientemente aclarados hasta el momento, como son la pérdida de habilitación en caso de inactividad y la renovación a su caducidad de las tarjetas de identidad profesional y las características de éstas.
Debido a las incompatibilidades establecidas de forma reglamentaria, nos encontramos con la circunstancia y la posibilidad de encontrarnos con personal en posesión de distintas habilitaciones, pero sin la capacidad de ejercer las mismas, si bien se exceptúa el caso de los Jefes de Seguridad (artículo 70.2 del Reglamento de Seguridad Privada).
Aquí es donde encontramos la primera ambigüedad, pues en ningún momento se aclara, ni en el Reglamento de Seguridad Privada ni en Orden Ministerial alguna que el plazo de caducidad por inactividad alcance al desempeño de funciones de Seguridad Privada en las distintas categorías: se puede suponer que un Guarda Particular del Campo en posesión de la habilitación de Vigilante de Seguridad debería mantener activa esta segunda habilitación, aunque no ejerza las funciones que en ésta se recogen, por el hecho de ser éstas incompatibles entre sí. Entendemos que el plazo de inactividad para la pérdida de las habilitaciones alcanza e incluye a cualquiera de las categorías, pero la falta de precisión en la redacción del articulado del Reglamento de Seguridad Privada en este extremo en concreto hace que el profesional tenga dudas sobre si la caducidad alcanza a todas las categorías, formando un todo global y unitario, o tan sólo a las especialidades de una misma categoría entre ellas.
También cabe la posibilidad de que un vigilante de seguridad tenga la habilitación de Jefe de Seguridad o la de Director de Seguridad, pero por circunstancias de la empresa de seguridad, esta no tenga vacantes en esos puestos, y no pueda ejercer nada más que de vigilante.
Tal y como hemos dicho anteriormente, entendemos que las habilitaciones no deberían caducar mientras se ocupe una función operativa activa dentro del sector de la seguridad privada, siendo indiferente el cargo de habilitación obtenida en la que se esté trabajando para que influya en las anteriores, aunque no se ejerza de ellas.
Necesitamos que esta Secretaría General Técnica nos aclare fehacientemente y de forma concisa qué habilitaciones se perderían en caso de no ejercer como tales o, en su defecto, si la cuestión planteada es como nuestra Asociación lo entiende y ha expuesto en la redacción anterior.
La segunda cuestión que queremos plantear se refiere a las características de la tarjeta de identidad profesional; entendemos, como no puede ser de otra forma, que se trata de una autorización de carácter administrativo, pero esto no es óbice para que observemos una serie de carencias básicas: en ningún lugar de la tarjeta de identidad profesional viene reflejada la fecha en la que expira su validez, circunstancia que sí se observa en otras autorizaciones administrativas similares, como podría ser el caso del permiso de conducción. Consideramos insuficiente la información que marca la Orden Ministerial en lo relativo a los datos que deben figurar en la misma, habiéndose recogido unos mínimos que no garantizan al ciudadano que solicite en el legítimo ejercicio de sus derechos la acreditación a cualquier profesional de Seguridad Privada de que éste efectivamente cumple todos y cada uno de los requisitos legales para el ejercicio de la profesión.
A través de nuestra Asociación, algunos profesionales nos han planteado su malestar, al darse cuenta de que se les había pasado el periodo de renovación, precisamente por culpa de no estar convenientemente reflejada la fecha de caducidad de la tarjeta profesional. Dicha caducidad les repercute económicamente en el pago de nuevas tasas, que de estar convenientemente señalado en la tarjeta profesional, les habría permitido ser conocedores con suficiente antelación de la fecha de su renovación.

Igualmente consideramos obsoleta y fuera de lugar la multiplicidad de tarjetas profesionales expedidas hasta la fecha, cuando por cada categoría profesional cabría la posibilidad de emitir una única tarjeta en la que se recogieran las distintas especialidades; sirva al efecto nuevamente el símil del permiso de conducción. Somos conscientes de que la numeración de las habilitaciones no se corresponden con la categoría “matriz” (un Vigilante de Explosivos no tiene el mismo número de identidad profesional en su especialidad que en la habilitación de Vigilante de Seguridad), pero no por esto, hay razón alguna para que tanto numeraciones como caducidad figurasen en el reverso de la tarjeta de identidad profesional. También veríamos muy conveniente que, al ser una única tarjeta para todas las especialidades, su caducidad alcanzase hasta la fecha más lejana de cualquiera de ellas, y que la obtención de una nueva habilitación suponga la prórroga automática de la fecha de validez hasta el límite legal permitido.
Somos conscientes de la repercusión económica que en las arcas públicas tiene nuestra propuesta, pero la implantación de un nuevo modelo sería paulatino, siéndoles expedidas tarjetas de identidad profesional con las características mencionadas a personal de nueva habilitación (o que obtengan habilitación de especialidades), y que el modelo antiguo fuera cambiado a medida que las tarjetas en vigor fueran perdiendo caducidad. Sería conveniente que el personal con varias habilitaciones canjease todas las tarjetas que acreditasen su condición en la renovación de la primera de ellas. También somos conocedores del ahorro a dichas arcas públicas, que supondría imprimir una sola tarjeta profesional, en maquinaria, papel oficial y costas de impresión.
A este respecto nos cabe recordar que otras propuestas similares de miembros actuales de nuestra Asociación fueron evaluadas muy positivamente por ese centro Directivo, quien trasladó las mismas a la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, y que se entregaron en Registro de Entrada, teniendo como destinatario al Excmo. Sr. Ministro D. Alfredo Pérez Rubalcaba, el día 26 de septiembre de 2008, teniendo como avales las firmas de varios miles de profesionales de la Seguridad Privada de toda España, todo ello teniendo como premisa fundamental los valores principales que definen a nuestra Asociación, como son la profesionalización y dignificación del sector, y que tuvieron cumplida respuesta por parte de esa Secretaría General Técnica con Registro de Salida con fecha 6 de febrero de 2009.

POR LO QUE SE PROPONE

Que se implante un nuevo modelo de tarjeta de identidad profesional, donde figuren en el anverso los datos personales de su titular (nombre y apellidos, y número del Documento Nacional de Identidad), sustituyendo la leyenda “Seguridad Privada” que actualmente figura en el extremo inferior derecho por los colores de la enseña nacional; la parte superior quedaría reservada en sus dos primeras líneas tal y como el diseño actual refleja, mientras que donde actualmente figura el tipo de habilitación figuraría, en mayúsculas, la frase “SEGURIDAD PRIVADA”, y la firma del titular, digitalizada, ocuparía el lateral derecho central, llenando el espacio vacío del diseño en vigor. El reverso quedaría reservado para la leyenda recogida actualmente, así como para los números de habilitaciones que tuvieran lugar, su fecha de expedición y la de caducidad, ordenadas por el criterio que se considerase conveniente y ocupando una línea cada habilitación. A fin de facilitar la labor de diseño, se adjunta a la presente propuesta un modelo que, con fin únicamente orientativo, recoge todos los extremos reflejados en la misma.

POR LO QUE SE SOLICITA


De esa Secretaría General Técnica aclaración sobre los dos aspectos fundamentales de esta consulta, así como sobre la posibilidad de modificación de las tarjetas de identidad profesional en los extremos que se señalan
Que de ser observada la viabilidad de las modificaciones citadas se proceda a elevar nuestra propuesta a la Comisaría General de Seguridad Ciudadana , en cuanto la Unidad Central de Seguridad Privada, encuadrada en la misma, órgano específicamente competente por razón de la materia y encargado de hacer llegar esta propuesta a la Comisión Mixta Central de Coordinación de la Seguridad Privada.
Que tenga por hecha esta petición de consulta, solicitando respuesta y rectificación o aclaración a la misma, con el debido respeto y como ustedes consideren oportuno, teniendo por parte interesada a Dª Carmen "Yuri_07" y le sean trasladadas a esta parte las resoluciones que resulten del procedimiento.

En Madrid, a 28 de enero de 2010



Carmen "Yuri_07"
Secretaria de “VigiaS – Vigilantes Asociados”
D.N.I. nº XX.XXX.XXX-X
[/quote]
Y éste es el anexo presentado, un boceto de lo que podría ser la nueva Tarjeta de Identidad Profesional (tan sólo a título orientativo, reflejando las modificaciones propuestas):
Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Tip


Sólo queda esperar respuesta..... y cuanto más tarden, mejor será ésta.... ya tenemos experiencia.

Saludos.
Volver arriba Ir abajo
http://www.vigias.org.es
yuri_07
socio numerario
socio numerario
yuri_07


Cantidad de envíos : 1585
Edad : 28
Localización : Magerit, la bella
Fecha de inscripción : 04/04/2009

Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Empty
MensajeTema: Re: Comisión Mixta Central de Seguridad Privada   Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Icon_minitimeMiér Abr 28, 2010 12:47 am

Dedicado de forma muy ESPECIAL a quién él ya sabe, y de forma particular a todos aquéllos que piensan, opinan y se permiten el lujo de decir que NO HACEMOS NADA en beneficio del sector, sino única y exclusivamente en el propio, aquí está la tan esperada respuesta de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior.... calentita..... recién salida de nuestro Apartado de Correos:

Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Escanear0010jq

Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Escanear0011ea

Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Escanear0009t

Quedan meridianamente claras unas cuestiones de capital importancia:

- Que por causas de incompatibilidad entre distintas habilitaciones éstas no pierden su validez por desempeñar funciones de otra especialidad distinta a la habitual.

- Que es la Administración, y no el interesado, QUIEN HA DE DEMOSTRAR LA EXISTENCIA DE INACTIVIDAD entre especialidades a la hora de suspender una habilitación.

- Se reconoce que actualmente se está estudiando una reforma de la Tarjeta de Identidad Profesional, en los mismos términos que se recogen en nuestra propuesta.

Y sabemos de elementos que van a baRABIAR a base de bien..... pero que se tomen una dosis de ASPirina para el dolor de cabeza que les va a entrar cada vez que nos llegue una respuesta como ésta.

Felicidades a todos, son logros que sin la colaboración de muchos no se podrían conseguir.

Saludos.
Volver arriba Ir abajo
http://www.vigias.org.es
sobezno
socio numerario
socio numerario
sobezno


Cantidad de envíos : 1936
Edad : 57
Localización : New York City
Fecha de inscripción : 04/04/2009

Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Empty
MensajeTema: Re: Comisión Mixta Central de Seguridad Privada   Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Icon_minitimeMiér Abr 28, 2010 4:30 am

Bueno....lo ibamos a colgar en un partado nuevo titulado "nuestros logros"...pero como el logro es de TODOS lo unimos a este....ademas que ya hay algo similar o parecido y no queremos ser "analogos , ni afines" ni por asomo a ese aborto de organizacion..... a Laughing Twisted Evil

Que no hacemos nada por los vigilantes.... Shocked

Que estas consultas no van a ninguna parte..... Embarassed

Que las denuncias no sirven para nada..... Evil or Very Mad

Que los protocolos de cooperacion y colaboracion son una perdida de tiempo........ Laughing

Pues si que van a RABIAR clown ......pero para la rabia hay vitaminas ENRIQUE-CIDAS con calcio para el enanismo y la "mediocridad"....via rectal "of course"

Nosotros ya estamos vacunados de este tipo de "IMPACTOS" clown ....y por supuesto una vez mas.....

" NOS DAN LA RAZON".......vamos en buena linea de trabajo y asi SI se hacen las cosas... Twisted Evil

Un saludo

PD.....todacia hay quien cuestiona que no defendemos a los VVSS y se incluye el en el paquete...los que tu eres es un IMPRESENTABLE y al igual que las actuaciones desproporcionales y abusivas de los vigilantes hay que denunciarlo y erradicarlo del sector porque nos perjudica a TODOS los demas que queremos hacer las cosas bien y sin animo de lucro o interes personal
Volver arriba Ir abajo
vicky

vicky


Cantidad de envíos : 270
Edad : 59
Localización : tarragona
Fecha de inscripción : 20/06/2009

Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Empty
MensajeTema: Re: Comisión Mixta Central de Seguridad Privada   Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Icon_minitimeMiér Abr 28, 2010 5:16 am

asi se hacen las cosas , y ese debe ser el problema para estos que piensan lo contrario, y le ven las orejas al lob@s Laughing Laughing Laughing

un saludo
Volver arriba Ir abajo
Contenido patrocinado





Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Empty
MensajeTema: Re: Comisión Mixta Central de Seguridad Privada   Comisión Mixta Central de Seguridad Privada Icon_minitime

Volver arriba Ir abajo
 
Comisión Mixta Central de Seguridad Privada
Volver arriba 
Página 1 de 1.

Permisos de este foro:No puedes responder a temas en este foro.
VIGIAS - Vigilantes Asociados-
Cambiar a: