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 Artículo 1. Denominación y signos distintivos.

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Artículo 1. Denominación y signos distintivos. Empty
MensajeTema: Artículo 1. Denominación y signos distintivos.   Artículo 1. Denominación y signos distintivos. Icon_minitimeSáb Jun 20, 2009 8:51 am

1. Al amparo del artículo 22 de la Constitución Española y con arreglo a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, se constituye la ASOCIACION VIGIAS "Vigilantes AsociadoS", careciendo de ánimo de lucro.

2. Constituye el anagrama, logotipo o símbolo de la Asociación un escudo redondo, de fondo color gris perla con reborde amarillo mostaza, en cuyo interior se puede leer la palabra VIGIAS en bicolor, con las letras "V" y "S" mayúsculas en rojo, y las letras "IGIA", en mayúsculas de menor tamaño, en amarillo mostaza.

En el reborde amarillo mostaza se puede leer, en la parte superior, la inscripción en latín "vigilant, professio", y en la parte inferior, también en latín, "dignitas et unitas".

Como pie de escudo se podrá leer "Vigilantes AsociadoS" con las letras "V" y "S" en mayúsculas de color rojo, y el resto de las letras en minúsculas de color amarillo mostaza.

3. La Asociación VIGIAS "Vigilantes AsociadoS" gozará de personalidad jurídica propia y distinta de la de sus asociados y su régimen se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y normas que la desarrollan, los presentes Estatutos, sus Reglamentos, y por los acuerdos adoptados por sus Órganos de Gobierno.
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Artículo 1. Denominación y signos distintivos.
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