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 Artículo 39. Infracciones leves.

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Artículo 39. Infracciones leves. Empty
MensajeTema: Artículo 39. Infracciones leves.   Artículo 39. Infracciones leves. Icon_minitimeSáb Jun 20, 2009 7:37 am

Se tipifican como infracciones leves:

a) Las perturbaciones del orden en las reuniones de la Asamblea General o de la Junta Directiva cuando no sean constitutivas de infracción grave.

b) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en estos Estatutos cuando no sean constitutivas de infracción grave o muy grave.
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Artículo 39. Infracciones leves.
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